Micelio
Auto5 de febrero de 1999

A- de 1999

Ponente Alfredo Beltrán Sierra

Demandante Salazar Correa Maria Mercedes·Demandado Inpeccion 3 Municipal

Tema · dato duro
Notificacion De Demanda Y Decisiones De Instancia
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Debido Proceso De Tutela
  • Notificación de tercero interesado
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se ordenó poner en conocimiento de actores de la referencia, tanto la demanda como las decisiones de instancia pronunciadas dentro del presente proceso, para que en diez días hábiles se pronunciaran en relación con las pretensiones de la demanda, con el problema jurídico que en ella se plantea y con las decisiones adoptadas por el Juzgado y el Tribunal respectivo, toda vez que la Corte consideró que para garantizar el derecho de defensa de los terceros con interés legítimo dentro del proceso es necesario escuchar sus alegatos.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. PONER EN CONOCIMIENTO de los señores Gustavo Jiménez Gómez, Daniel Alberto López Ramírez y Alonso Salazar Correa, tanto la demanda como las decisiones de instancia pronunciadas dentro del proceso de la referencia, para que, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación de esta providencia, se pronuncien en relación con las pretensiones de la demanda, con el problema jurídico que en ella se plantea y con las decisiones adoptadas por el Juzgado Civil del Circuito de Chinchiná (Caldas) y el Tribunal Superior de Manizales.
  2. Segundo. Líbrense por Secretaría General de esta Corporación, las comunicaciones de que trata el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.